Puigdemont y Yolanda Díaz está semana en Bruselas "negociando" a beneficio de PSOE-Sumar. Foto: Reuters.
En estos días se habla y se negocia una amnistía a los golpistas independentistas catalanes. Esa palabra es la moneda de cambio que convertiría a Pedro Sánchez en presidente de la nueva legislatura a cambio de las exigencias del prófugo de la justicia Carles Puigdemont (jefe del Govern en 2017), líder de Junts y dueños de 31 escaños, lo que les faltan al PSOE o al PP para poder gobernar.
Lo grave es que no hay Ley de Amnistía (Inconstitucional) en España y quieren hacer una express que encaje con las pretensiones de Puigdemont que tiene el mango de la sartén de las negociaciones con Sumar y PSOE. Actualmente es el centro de debate en España. Le toca a Feijóo intentar su investidura, aunque la bendita palabra amnistía rueda en ambos partidos como petición si quieren gobernar.
Los pongo en contexto como si fuera la divina comedia, de Dante Alighieri.
El cielo
El 1 de octubre de 2017, se gestó un sueño de independencia dentro de las instituciones políticas catalanes que se cristalizó en un referéndum considerado ilegal por el Tribunal Constitucional, con una intensa escalada de represión, que ha parido un pueblo dividido, fracturado, dolido, indignado por la fuerte escalada de represión del 1 de octubre.
El infierno
Tras la retrasada comparecencia de Carles Puigdemont en el Parlament, el jefe del Govern no se atrevió a proclamar la tan anhelada Declaración Unilateral de la Independencia (DUI) diez días después y pidió negociar con el gobierno español, encabezado por Mariano Rajoy.
El Govern ha anunciado la suspensión de la Independencia para iniciar un diálogo. Puigdemont dio un largo discurso del Procés, de la vida de la ANC y de la jornada electoral del 1 de octubre y su repercusión en Europa y el mundo. A las 19:36 (hora local) cambia de catalán a castellano para referirse al pueblo español y ha recalcado "No somos delincuentes, ni locos, ni abducidos, queremos votar" y ha reclamado libertad para poder decidir.
A las 19:40 del 10 de octubre de 2017 Puigdemont pide al Parlament la suspensión durante unas semanas la DUI, secundado por aplausos de los ediles de Junt x el Sí y sin los aplausos de la gente de la CUP. Puigdemont se fuga de España y deja tirado a sus compañeros de gesta.
El Purgatorio
Posteriormente se celebra el juicio a los líderes del proceso independentista catalán, legalmente Causa Especial 20907/2017 proceso judicial en el que 18 funcionarios fueron acusados de los delitos de rebelión, sedición, usurpación de funciones públicas, desobediencia y malversación de fondos públicos y cuya fase de juicio oral se celebró durante los primeros meses de 2019 en el Tribunal Supremo de España.
Sin embargo, Carles Puigdemont, Toni Comín, Meritxell Serret, Clara Ponsatí, Lluís Puig, Marta Rovira y Anna Gabriel no fueron juzgados en este juicio, al huir de la justicia española y encontrarse fuera de territorio español. Esto hizo que Oriol Junqueras apareciese en el escrito de acusación de los fiscales como ‘promotor’ y ‘ningún principal’ de los hechos del 1 de Octubre.
El lunes 14 de octubre de 2019 llegó la sentencia firme, en la que se condenó a penas de entre nueve y trece años de prisión a los enjuiciados Meritxell Borràs, Dolors Bassa, Jordi Cuixart, Carme Forcadell, Joaquim Forn, Oriol Junqueras, Carles Mundó, Raül Romeva, Josep Rull, Jordi Sànchez, Jordi Turull, Santi Vila.
El 22 de junio de 2021 el Gobierno de coalición PSOE-Unidas Podemos presidido por Sánchez indultó a todos los condenados. Los nueve que estaban en prisión salieron de la cárcel al día siguiente. Volvieron al mundo civil, pero inhabilitados políticamente. Ellos no quería indultos, querían y quieren amnistía.
Llamo ponzoñosa amnistía porque podría derivar en la ingobernabilidad de España en vez de la concordia y diálogo que Sánchez pregona.
Mientras tanto 'La Republiqueta' no existe y Cataluña sigue siendo una Comunidad Autónoma de España hoy 9 de septiembre de 2023.
Amanecerá y veremos...Si habemus Amnistía o repetición de elecciones generales.
A considerar
Constitución Española (1978) detiene ese sueño independentista
Art. 2: "La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación Española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidad entre todas ellas.
Art. 143.1: "En el ejercicio del derecho de la autonomía reconocido en el Artículo 2 de la Constitución, las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica podrán acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas con arreglo a lo previsto en este Título y en los respectivos Estatutos.
Art. 145.1: "En ningún caso se admitirá la federación en Comunidades Autónomas.
Art. 155: "Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución y otras leyes le imponga, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación de la mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla en el cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.
Glosario de conceptos políticos usuales ( por Eduardo José Arnoletto)
Secesión: Proceso político por el que un territorio y sus habitantes se separan, o intentan separarse, de un Estado, con la intención de constituir una entidad estatal autónoma. Generalmente los movimientos secesionistas se producen por la existencia de un Estado de distintos grupos nacionales, algunos de los cuales se sienten subordinados a otros, porque éstos detentan el poder económico o político o porque el gobierno es centralista y cohibe las manifestaciones de las identidades nacionales ajenas. Los procesos de secesión siempre se caracterizan por recurrir a la violencia, delito político, terrorismo, bandas armadas, ejércitos nacionales, y otros recursos, cuyo empleo, también depende de la intensidad de la reacción del gobierno central y de la posible injerencia de otros Estados. A veces estos procesos (que siempre significan una pérdida de poder para el Estado que los padece) puede neutralizar por medio del otorgamiento de un régimen autónomo de las regiones afectadas. (Enciclopedia virtual Eumed.net)
Independencia Política: Desde un punto de vista jurídico-formal la independencia política se confunde con el concepto de soberanía estatal: no hay formalmente ninguna autoridad por encima de la potestad estatal. Desde un punto de vista realista, la independencia política propiamente dicha no existe. Existen 9 formas de independencia más o menos asimétrica favorable. De modo, que se tiene al menos la posibilidad de manejar de forma autónoma la propia política interior, y en lo exterior al menos se influye tanto como se es influido esta situación por extensión, se denomina independencia política. Normalmente, en el mundo moderno, esto no es logro de un país aislado, a menos que sea una superpotencia dotada de preponderancia generalizada, sino de asociaciones de países que de ese modo obtienen un protagonismo internacional que de otro modo no tendrían.
Independentismo catalán: es la corriente política derivada del nacionalismo catalán, que propugna la independencia de Cataluña de España y Francia. También propugna la libre y directa integración de Cataluña a la Unión Europea. Plantea que Cataluña es una nación, aludiendo a su cultura, historia, lengua propia, su cultura y al derecho civil catalán. Ellos dicen que Cataluña no alcanzará su máxima plenitud cultural mientras formen parte de España. No sólo aspira la independencia de Cataluña, también de los denominados Países Catalanes: Comunidad Valenciana, Islas Baleares, Franja de Poniente (Aragón) Rosellón (Francia), el Carche (Murcia), Alguer (Cerdeña, Italia), una vez independizados formarían un estado confederado catalán. Partidos políticos independentista: ERC, SI, CiU, ICV. Junts.